El Gobierno no permite despedir si se reciben ayudas directas

Sánchez prohíbe los despidos pese a una reciente sentencia del Supremo: «Si se acredita, es objetivo»

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Carlos Ribagorda

El presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, no sólo ha ignorado la opinión de empresarios y autónomos para sacar adelante la prohibición de realizar despidos a las compañías que reciban ayudas directas del Ejecutivo, medida incluida en el real decreto del Plan de Respuesta económica a la invasión de Ucrania publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). También ha pasado por alto incluso una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 22 de febrero, referida a un despido colectivo de una empresa que se había acogido a un ERTE por covid.

La compañía, Precision Casting Bilbao, realizó un despido colectivo en enero de 2021 habiéndose acogido previamente a un ERTE, algo que prohibió expresamente el Gobierno en el real decreto 9/2020. Denunciado por los sindicatos, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dió la razón a las centrales sindicales y declaró nulo el despido. Tras recurrir la empresa y llegar al Supremo, este tribunal dictaminó el 22 de febrero dando la razón al Tribunal vasco pero porque la empresa no había justificado de forma suficiente que las causas de ese despido no eran transitorias en el tiempo.

De hecho, en la sentencia, el Supremo recuerda que pese a la norma del Gobierno que prohíbe despedir a quienes hayan hecho un ERTE «si la empresa acredita que sus problemas son de índole que no cabe pensar en la reanudación de la actividad productiva tras un periodo suspensivo es claro que el despido basado en tales causas quedaría expedito».

Añade el Supremo: «En cumplimiento de los citados preceptos, no cabe aducir como causa de despido aquélla que deriva de la pandemia y es esencialmente temporal, en cuyo caso el empresario debe proceder a las suspensiones o reducciones de jornada de carácter temporal. Sin embargo, aunque las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción estén relacionadas con el covid-19, si se acredita que son objetivamente definitivas y que han adquirido una sustantividad propia incompatible con la temporalidad propia de los ERTE, en tal caso la empresa sí que podrá acordar el despido colectivo -u objetivo-«.

Y un argumento demoledor, que destacan los empresarios consultados por este diario: «En aquéllos supuestos en que los efectos económicos de la pandemia tengan consecuencias tan negativas que impidan la pervivencia de toda o parte de la actividad anterior, el acceso a un ERTE resultaría una medida paliativa insuficiente. No puede exigirse a una empresa que sufra esas dificultades que siga manteniendo íntegra toda su plantilla mediante ERTE durante un prolongado lapso temporal, lo que podría afectar al mantenimiento definitivo del empleo».

«No es momento de despedir»

Nada de esto ha parado al Gobierno, más concretamente a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que lanzó un mensaje contundente a los empresarios desde la mesa del Consejo de Ministros: «No es momento de despedir».

La definitiva aprobación de esta medida -para las empresas que reciban ayudas directas incluidas en el real decreto- ha incendiado a los empresarios, que acusan al Gobierno de cargarse la libertad de empresa, derecho recogido por la Constitución.

«Los empresarios no queremos despedir. Pero si la empresa va mal, y tenemos que hacerlo, queremos libertad para poder hacerlo. ¿No puedo despedir a nadie porque he recibido 300 euros de ayuda? Es alucinante», señalan desde una patronal.

«Es un claro intervencionismo puro a la libertad de empresa», señala Lorenzo Amor, presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE. «El Gobierno prohíbe despedir, por ejemplo, a autónomos o pequeñas empresas que reciban 500 euros de ayudas por furgoneta y tenga cuatro furgonetas y no pueda mantener el negocio», señala.

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